EL SUPREMO RECUERDA LA INNECESARIEDAD DE DUPLICAR LA INFORMACIÓN

INNECESARIA APORTACIÓN DE DOCUMENTOS OBRANTES EN LA ADMINISTRACIÓN La nueva normativa sobre el procedimiento administrativo informa del derecho que ostenta el ciudadano, al no tener que aportar aquellos documentos que ya estén en posesión de la Administración. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula en el artículo 28, la documentación necesaria a aportar en el procedimiento administrativo, siendo un derecho y un deber. Los ciudadanos tienen el deber de aportar en el procedimiento administrativo los datos y los documentos exigidos por las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en la … Sigue leyendo EL SUPREMO RECUERDA LA INNECESARIEDAD DE DUPLICAR LA INFORMACIÓN