{"id":13501,"date":"2014-09-03T08:46:23","date_gmt":"2014-09-03T08:46:23","guid":{"rendered":"http:\/\/bozarucosa.com\/?p=13501"},"modified":"2025-12-01T13:55:22","modified_gmt":"2025-12-01T13:55:22","slug":"el-convenio-europeo-de-los-derechos-humanos-y-la-gestacion-subrogada-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/el-convenio-europeo-de-los-derechos-humanos-y-la-gestacion-subrogada-2\/","title":{"rendered":"El Convenio Europeo de los Derechos Humanos y la gestaci\u00f3n subrogada"},"content":{"rendered":"<\/p>\n<p>El Tribunal Europeo de los Derechos Humanos dict\u00f3 Sentencia el pasado 26 de Junio de 2014 acerca de la inscripci\u00f3n de la relaci\u00f3n entre padres y sus hijos biol\u00f3gicos nacidos v\u00eda gestaci\u00f3n subrogada. La prohibici\u00f3n de la inscripci\u00f3n ha sido considerada por el TEDH contraria al Convenio Europeo de los Derechos Humanos de acuerdo con su art\u00edculo 8 relativo al respeto por la vida privada de los ni\u00f1os involucrados.<\/p>\n<p>Esta Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos supone la brecha hacia una alternativa a la adopci\u00f3n ordinaria, permitiendo tener descendencia biol\u00f3gica mediante la inseminaci\u00f3n de una mujer ajena, a quien desea ser padre\/madre y no puede.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n se ha basado en dos casos franceses; en el primero de ellos, dos gemelas nacidas en Estados Unidos hijas de una pareja, residiendo la familia actualmente en Maisons \u2013 Alfort (Francia), y en el segundo una ni\u00f1a nacida tambi\u00e9n en Estados Unidos residiendo con sus padres en Toulouse. La legislaci\u00f3n francesa, igual que la espa\u00f1ola, no concibe la gestaci\u00f3n subrogada como legal y por ello no permite reconocer por la v\u00eda registral la relaci\u00f3n paterno-filial en ninguno de los dos supuestos expuestos. Lo que hicieron fue acudir a los tribunales alegando la <strong>posesi\u00f3n de estado<\/strong> de los menores, que reconoce la r<strong>elaci\u00f3n parental de facto<\/strong>; pero el documento que lo recog\u00eda tampoco sirvi\u00f3 para proceder a su inscripci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las decisiones del TEDH, m\u00e1ximo int\u00e9rprete del Convenio de los Derechos Humanos, son vinculantes para los Tribunales Supremos de los diferentes Estados firmantes del Convenio.<\/p>\n<p>En nuestro pa\u00eds la maternidad subrogada no es legal, por eso los casos que se van produciendo acerca de la \u201cfiliaci\u00f3n (no) inscribible\u201d se han ido resolviendo mediante la jurisprudencia.<\/p>\n<p>La <strong>Instrucci\u00f3n de 5 de Octubre de 2010 de la Direcci\u00f3n General de los Registros y del Notariado,<\/strong> permiti\u00f3 que los ni\u00f1os nacidos en el extranjero por subrogaci\u00f3n, pudiesen inscribirse en el Registro Civil. Sin embargo, el 6 de febrero de 2014, el Tribunal Supremo, en contradicci\u00f3n con la Instrucci\u00f3n de la DGRN, dict\u00f3 una Sentencia que dejaba sin protecci\u00f3n jur\u00eddica a aquellos ni\u00f1os que nacieran con posterioridad a la resoluci\u00f3n, pues se daba a entender que no podr\u00edan reconocerse registralmente los hijos de los padres contratantes.<\/p>\n<p>Esto supuso que los hijos fueran extranjeros viviendo con el padre biol\u00f3gico nacional, sin poder beneficiarse de la Seguridad Social, ni otros derechos de los ciudadanos (dependiendo de la nacionalidad del menor).<\/p>\n<p>Los principios del TEDH vulnerados siguiendo el articulado del Convenio son:<\/p>\n<ul>\n<li>El <strong>derecho a la vida privada y familiar<\/strong> (art.8), a pesar del margen de apreciaci\u00f3n de los Estados Miembros para ejercer la potestad legislativa, se debe someter a un escrutinio riguroso pues en estos casos se ven involucrados el derecho a la identidad individual, fundamental para el desarrollo de la persona.<\/li>\n<li>El <strong>derecho a una indemnizaci\u00f3n<\/strong> (art.41), por los \u201cnon-pecuniary damages\u201d, aquellos da\u00f1os que no son estrictamente econ\u00f3micos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Como podemos ver, el TEDH, ha sido sensible en considerar que en estos supuestos existe el factor \u201cprogenitor biol\u00f3gico\u201d en uno de los padres, y ha dado un giro sacudiendo a los Tribunales de los Estados firmantes y, a lo que a nosotros respecta, al Tribunal Supremo y al Estado Espa\u00f1ol. El Ministerio de Justicia se ha comprometido a proceder a la adecuaci\u00f3n inmediata para hacer efectivos los derechos de los ciudadanos a ser padres, y a que sus hijos tengan la filiaci\u00f3n registrada adecuadamente en el Registro Civil.<\/p>\n<p>No hay que confundir la legalizaci\u00f3n con la adecuaci\u00f3n; <strong>no se pretende legalizar<\/strong> en el pa\u00eds de destino final de la familia los vientres de alquiler sino la <strong>normalizaci\u00f3n de una situaci\u00f3n de hecho<\/strong> producida legalmente en el extranjero, en los asientos registrales espa\u00f1oles.<\/p>\n<p>Son las parejas de clase alta las que con m\u00e1s facilidad pueden tener este tipo de descendencia, ya que son capaces econ\u00f3micamente de permitirse pagar alrededor de los 100.000 d\u00f3lares que pueda costar todo el proceso; cantidad que mayoritariamente se embolsan las agencias especializadas.<\/p>\n<p>Ahora quedamos a la espera del proyecto de ley de Reforma del Registro Civil, dentro del marco de las propuestas de la Comisi\u00f3n para la Reforma de las Administraciones P\u00fablicas, para regularizar de forma adecuada la inscripci\u00f3n de los nacidos mediante gestaci\u00f3n por sustituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Marta Boza Rucosa<\/p>\n<p>C\/Bruc 176 ent. 1\u00aa 08037 Barcelona<\/p>\n<p>93.457.45.05\/06<\/p>\n<p>http:\/\/www.bozarucosa.com&nbsp;<\/p>\n<p>https:\/\/tidycal.com\/bozarucosa<\/p>\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\n\nA continuaci\u00f3n, les dejamos art\u00edculos que pueden ser de su inter\u00e9s siguiendo el tema expuesto.\n\n<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/el-problema-de-la-maternidad-subrogada\/\">EL PROBLEMA DE LA MATERNIDAD SUBROGADA<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/la-gestacion-subrogada-permite-acceder-a-la-prestacion-por-maternidad\/\">\u00bfLA GESTACI\u00d3N SUBROGADA PERMITE ACCEDER A LA PRESTACI\u00d3N POR MATERNIDAD?<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/precongreso-mundial-por-los-derechos-de-la-infancia-y-la-adolescencia\/\">Precongreso Mundial por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/aprobada-adopcion-por-maternidad-subrogada\/\">APROBADA ADOPCI\u00d3N POR MATERNIDAD SUBROGADA<\/a><\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-post-date\"><time datetime=\"2014-09-03T08:46:23+00:00\">3 septiembre, 2014<\/time><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal Europeo de los Derechos Humanos dict\u00f3 Sentencia el pasado 26 de Junio de 2014 acerca de la inscripci\u00f3n de la relaci\u00f3n entre padres y sus hijos biol\u00f3gicos nacidos v\u00eda gestaci\u00f3n subrogada. La prohibici\u00f3n de la inscripci\u00f3n ha sido considerada por el TEDH contraria al Convenio Europeo de los Derechos Humanos de acuerdo con su art\u00edculo 8 relativo al respeto por la vida privada de los ni\u00f1os involucrados. Esta Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos supone la brecha hacia una alternativa a la adopci\u00f3n ordinaria, permitiendo tener descendencia biol\u00f3gica mediante la inseminaci\u00f3n de una mujer ajena, a quien <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":17686,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6,460,470,480,474],"tags":[],"class_list":["post-13501","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-internacional","category-filiacion-paternidad","category-hijos","category-maternidad","category-responsabilidad-parental","has_thumb"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13501","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=13501"}],"version-history":[{"count":11,"href":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13501\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":17687,"href":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13501\/revisions\/17687"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/17686"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=13501"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=13501"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=13501"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}