{"id":144,"date":"2014-10-29T11:11:59","date_gmt":"2014-10-29T11:11:59","guid":{"rendered":"http:\/\/bozarucosadvocats.wordpress.com\/?p=144"},"modified":"2025-12-01T13:55:21","modified_gmt":"2025-12-01T13:55:21","slug":"ley-112014-de-10-de-octubre-catalana-para-garantizar-los-derechos-de-lesbianas-gais-bisexuales-transgeneros-e-intersexuales-y-para-erradicar-la-homofobia-la-bifobia-y-la-transfobia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/ley-112014-de-10-de-octubre-catalana-para-garantizar-los-derechos-de-lesbianas-gais-bisexuales-transgeneros-e-intersexuales-y-para-erradicar-la-homofobia-la-bifobia-y-la-transfobia\/","title":{"rendered":"Ley 11\/2014, de 10 de octubre, catalana, para Garantizar los Derechos de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transg\u00e9neros e intersexuales y para Erradicar la Homofobia, la Bifobia y la Transfobia"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">El pasado 18 de octubre de 2014 entr\u00f3 en vigor la Ley 11\/2014, de 10 de octubre, para Garantizar los Derechos de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transg\u00e9neros e Intersexuales y para Erradicar la Homofobia, la Bifobia y la Transfobia, aprobada por el Pleno del Parlamento de Catalu\u00f1a el d\u00eda 2 de octubre.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Ley tiene por <strong>objeto<\/strong> garantizar y desarrollar los derechos de las lesbianas, gays, bisexuales, transg\u00e9neros e intersexuales (en adelante, LGBTI), as\u00ed como evitarles situaciones de discriminaci\u00f3n y violencia, y para asegurar que en Catalu\u00f1a se pueda vivir en plena libertad, la diversidad sexual.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed mismo, regula las <strong>medidas<\/strong> a adoptar en el \u00e1mbito territorial de Catalu\u00f1a <strong>para hacer efectivo el derecho<\/strong> a la igualdad, a la no-discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de orientaci\u00f3n sexual y de identidad de g\u00e9nero. Su <strong>finalidad b\u00e1sica<\/strong> es la de facilitar la representaci\u00f3n y participaci\u00f3n del colectivo LGBTI en todos los \u00e1mbitos de la vida social y de ese modo, superar los estereotipos que afectan negativamente a su percepci\u00f3n social.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El art\u00edculo 5 de la Ley establece una <strong>cl\u00e1usula general antidiscriminatoria<\/strong> dirigida directamente a las Adminsitraciones P\u00fablicas y al S\u00edndic de Greuges, los cuales tienen encomendado proteger el derecho a la no discriminaci\u00f3n con independencia de la orientaci\u00f3n sexual. A su vez, se establecen unos <strong>principios orientadores de la actuaci\u00f3n de los poderes p\u00fablicos<\/strong>, como son, a modo de ejemplo, amparar la no invisibilizaci\u00f3n y la representaci\u00f3n de las personas LGBTI, as\u00ed como atender la diversidad de situaciones de discriminaci\u00f3n en que se pueden encontrar, etc.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De acuerdo con el art. 7, se crea el <strong>Consejo Nacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transg\u00e9neros e Intersexuales<\/strong> \u201ccomo un espacio de participaci\u00f3n ciudadana en materia de derechos y deberes de las personas LGBTI y como \u00f3rgano consultivo de las administraciones catalanas que inciden en este \u00e1mbito\u201d. Tienen representaci\u00f3n en dicho Consejo las asociaciones que trabajen en favor de los derechos de las personas LGBTI y las personas y profesionales expertos en este \u00e1mbito. El Consejo puede formular propuestas de mejora sobre la actuaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos de las administraciones catalanas, as\u00ed como informar sobre proyectos normativos y no normativos. A su vez, tiene representaci\u00f3n en los \u00f3rganos de participaci\u00f3n gubernamental en los \u00e1mbitos que el Gobierno establezca.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n se insta el ofrecimiento de un <strong>servicio de atenci\u00f3n integral <\/strong>para atender a las personas que padezcan discriminaci\u00f3n o violencia por raz\u00f3n de orientaci\u00f3n sexual o identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una de las <strong>pol\u00edticas p\u00fablicas<\/strong> para promover la igualdad efectiva de las personas LGBTI es la de integrar en las empresas medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminaci\u00f3n laboral, contando con los representantes legales de los trabajadores.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los <strong>mecanismos para garantizar la tutela judicial y administrativa del derecho a la igualdad<\/strong> de las personas LGBTI, comprenden tanto la adopci\u00f3n de las medidas necesarias dirigidas al cese de la discriminaci\u00f3n, la adopci\u00f3n de medidas cautelares, la prevenci\u00f3n de violaciones ulteriores, as\u00ed como la indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os y perjuicios. Se presume la existencia de da\u00f1o moral, si se acredita la discriminaci\u00f3n; y se debe valorar seg\u00fan las circunstancias de cada caso y la gravedad de la lesi\u00f3n producida.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De acuerdo con lo que establecen las leyes procesales y las reguladoras de los procedimientos administrativos, cuando la parte actora alegue y aporte indicios fundamentados de discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de orientaci\u00f3n sexual o identidad de g\u00e9nero, se <strong>invertir\u00e1 la carga de la prueba<\/strong>, correspondi\u00e9ndole a la parte demandada la aportaci\u00f3n de una justificaci\u00f3n objetiva y razonable respecto de las medidas adoptadas y su proporcionalidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se establece la <strong>NULIDAD<\/strong><strong> DE<\/strong><strong> PLENO DERECHO<\/strong> de los actos o cl\u00e1usulas de los negocios jur\u00eddicos que constituyan una discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de orientaci\u00f3n sexual o identidad de g\u00e9nero, que pueden dar lugar a responsabilidades.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El cuerpo normativo establece un <strong>r\u00e9gimen de infracciones y sanciones administrativas<\/strong> en el \u00e1mbito de las personas LGBTI por aquellas acciones u omisiones establecidas en la misma Ley, siempre que no constituyan falta o delito.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es un ejemplo de <strong>INFRACCI\u00d3N LEVE<\/strong> el emitir intencionadamente expresiones vejatorias que inciten a la violencia y tengan connotaciones homof\u00f3bicas, bif\u00f3bicas o transf\u00f3bicas en los medios de comunicaci\u00f3n o en intervenciones p\u00fablicas. La <strong>sanci\u00f3n<\/strong> correspondiente es una multa con cuant\u00eda equivalente al importe mensual de el indicador de renta de suficiencia de Catalu\u00f1a, correspondiente a un per\u00edodo de entre siete d\u00edas y tres meses. Las infracciones <strong>prescriben<\/strong> a los <strong>seis meses<\/strong>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es una <strong>INFRACCI\u00d3N GRAVE<\/strong> malmeter o destruir objetos o propiedades de personas o sus familias por causa de la orientaci\u00f3n sexual o su identidad de g\u00e9nero. Se le puede imponer una o varias de entre las siguientes sanciones: multa con cuant\u00eda equivalente a el importe mensual de el indicador de renta de suficiencia de Catalu\u00f1a, correspondiente a un per\u00edodo de entre tres meses y un d\u00eda y siete meses; prohibici\u00f3n de recibir ayudas o subvenciones p\u00fablicas por un per\u00edodo de un a\u00f1o como m\u00e1ximo; o la prohibici\u00f3n de contratar con la Administraci\u00f3n P\u00fablica. Dichas infracciones <strong>prescriben<\/strong> a los <strong>doce meses<\/strong>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Un ejemplo de <strong>INFRACCI\u00d3N MUY GRAVE<\/strong> es el comportamiento agresivo hacia las personas o sus familias por causa de la orientaci\u00f3n sexual o su identidad de g\u00e9nero, as\u00ed como convocar actividades p\u00fablicas recreativas que inciten al odio, a la violencia o discriminaci\u00f3n de las personas LGBTI. Dichas infracciones llevan aparejadas la <strong>sanci\u00f3n<\/strong> de multa antes referenciada en un per\u00edodo de entre siete meses y un d\u00eda hasta diez meses, y <strong>prescriben<\/strong> a los <strong>dieciocho meses<\/strong>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La competencia para incoar estos expedientes administrativos del r\u00e9gimen sancionador de esta Ley e imponer las sanciones corresponde a la persona titular de la secretaria general del departamento competente en materia de no-discriminaci\u00f3n de las personas LGBTI.<\/p>\n\n<div class=\"wp-block-post-date\"><time datetime=\"2014-10-29T11:11:59+00:00\">29 octubre, 2014<\/time><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado 18 de octubre de 2014 entr\u00f3 en vigor la Ley 11\/2014, de 10 de octubre, para Garantizar los Derechos de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transg\u00e9neros e Intersexuales y para Erradicar la Homofobia, la Bifobia y la Transfobia, aprobada por el Pleno del Parlamento de Catalu\u00f1a el d\u00eda 2 de octubre. La Ley tiene por objeto garantizar y desarrollar los derechos de las lesbianas, gays, bisexuales, transg\u00e9neros e intersexuales (en adelante, LGBTI), as\u00ed como evitarles situaciones de discriminaci\u00f3n y violencia, y para asegurar que en Catalu\u00f1a se pueda vivir en plena libertad, la diversidad sexual. 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