{"id":14982,"date":"2020-09-28T10:11:24","date_gmt":"2020-09-28T10:11:24","guid":{"rendered":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/?p=14982"},"modified":"2025-12-01T13:53:46","modified_gmt":"2025-12-01T13:53:46","slug":"se-puede-reclamar-la-custodia-de-un-animal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/se-puede-reclamar-la-custodia-de-un-animal\/","title":{"rendered":"\u00bfSE PUEDE RECLAMAR LA CUSTODIA DE UN ANIMAL?"},"content":{"rendered":"\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>SE DECLARA LA CUSTODIA COMPARTIDA DE UN PERRO<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfUN PERRO ES UN BIEN MUEBLE?<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>LA ADAPTACI\u00d3N A LA REALIDAD SOCIAL: EL R\u00c9GIMEN JUR\u00cdDICO DE LOS ANIMALES<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Obtener la guarda y custodia de un animal de compa\u00f1\u00eda en sede de un procedimiento de ruptura de pareja de hecho o divorcio, ahora es posible. En este sentido se pronunciaba la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n\u00ba 9 de Valladolid, de fecha 27 de mayo de 2019, que otorgaba un r\u00e9gimen de estancias del perro \u201cCachas\u201d, con cada uno de los miembros de la pareja. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta resoluci\u00f3n judicial es innovadora, por cu\u00e1nto crea\nel precedente de que los animales de compa\u00f1\u00eda dejan de tener la consideraci\u00f3n\nde bienes, y pasan a calificarse como seres dotados de sensibilidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Analizando otros litigios similares, las disputas por la\ncustodia del animal suelen radicar en que el miembro de la pareja inscrito en\nel Registro censal de animales de compa\u00f1\u00eda, cree que es directamente el\npropietario del can, perdiendo el otro miembro de la pareja, todo derecho\nrespecto ese animal. Es por ello, que ahora el juzgador entrar\u00e1 a valorar cada\ncaso en concreto, teniendo en cuenta si la adopci\u00f3n del animal se hizo conjunta,\nsi ambos se han hecho cargo de gastos de veterinaria, seguro, comida, etc. As\u00ed,\nqueda demostrada la propiedad conjunta de ambos miembros de la expareja.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En estos supuestos, ya son varias las resoluciones que se\nhan dictado estableciendo un r\u00e9gimen similar al de custodia compartida de los hijos,\npara aquellos propietarios que no llegan a un acuerdo sobre la tenencia del\nanimal despu\u00e9s de la ruptura. Por ejemplo, haciendo referencia a la sentencia\nmencionada y a la propiedad conjunta del perro que el juzgador ha establecido,\nse estipula un r\u00e9gimen de estancias y visitas que consiste en lo siguiente: el\nanimal estar\u00e1 con su due\u00f1o del 1 de septiembre hasta el 1 de marzo, y con su\ndue\u00f1a del 2 de marzo hasta el 1 de septiembre, de cada a\u00f1o; adem\u00e1s, da la\nposibilidad de que el due\u00f1o no custodio en ese momento visite al perro un fin\nde semana al mes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otro caso ser\u00eda el del gato \u201cMelenas\u201d, regulado en la Sentencia dictada por el Juzgado de primera instancia n\u00ba 8 de Oviedo, en fecha de 14 de septiembre de 2020, que establece la custodia compartida del felino que hab\u00eda convivido con una pareja durante los \u00faltimos a\u00f1os de su relaci\u00f3n. El magistrado falla una custodia compartida, en que los propietarios se har\u00e1n cargo cada uno al 50%, de los gastos de manutenci\u00f3n y cuidados del animal; y un r\u00e9gimen de estancias de quince d\u00edas al mes. El dato curioso de este litigio es que el demandante solicitaba, adem\u00e1s de la guarda y custodia compartida de \u201cMelenas\u201d, la de \u201cShasha\u201d, una gata que era de exclusiva propiedad de la mujer, por haber sido un regalo de su hermana. El demandante alegaba que hab\u00eda convivido seis a\u00f1os con la gata, y que su nombre proven\u00eda de una discoteca que hab\u00eda abierto \u00e9l, con un amigo suyo en Madrid; sin embargo, no se le concedi\u00f3 su custodia. En cuanto a la del \u201cMelenas\u201d, fue un procedimiento dif\u00edcil, pero la concedieron. El <em>quid<\/em> del asunto fue que la mujer figuraba como compradora del gato y firmante del contrato de bienestar animal; pero la criadora, en el momento de la compra, les escribi\u00f3 un correo donde especificaba el t\u00e9rmino \u201cvosotros\u201d, dando a entender que lo hab\u00edan comprado conjuntamente, ya que, como constat\u00f3 en la Vista, le dio la impresi\u00f3n de que el gato iba a formar parte de la unidad familiar. Por todo esto, el juzgador entendi\u00f3 que el gato era de la pareja, y estipul\u00f3 su copropiedad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cada vez son m\u00e1s el n\u00famero de juzgadores que dictan\nresoluciones atendiendo al inter\u00e9s y bienestar del animal; abogando por la insostenibilidad\nque supone considerarlos bienes muebles. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El C\u00f3digo Penal distingue desde el a\u00f1o 2003 entre los\nda\u00f1os causados a los animales dom\u00e9sticos y aquellos causados a las cosas o\nbienes muebles. No obstante, la legislaci\u00f3n civil, sigue calificando\njur\u00eddicamente a las mascotas como bienes muebles: ello conlleva que, al\nresolver un litigio, se apliquen las reglas de la comunidad de propietarios.\nDesde hace tres a\u00f1os, el Congreso de los Diputados est\u00e1 proponiendo una modificaci\u00f3n\ndel C\u00f3digo Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en relaci\u00f3n con el Estatuto\nJur\u00eddico de los Animales. La reforma reconoce a los animales como seres que\nsienten y padecen, por lo que merecer\u00edan un trato acorde a su dignidad; pero\nparece que, por ahora, \u00e9sta ha quedado paralizada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No debemos obviar el propio Tratado de Funcionamiento de\nla UE, que asimila a los animales de compa\u00f1\u00eda a los seres sensibles; que, al\nser de aplicaci\u00f3n al Estado espa\u00f1ol, ha conllevado la futura modificaci\u00f3n de la\nlegislaci\u00f3n espa\u00f1ola.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&nbsp;Aun as\u00ed, el legislador espa\u00f1ol todav\u00eda\nno ha modificado el concepto jur\u00eddico de los animales dom\u00e9sticos acorde con lo\nestipulado en el TFUE.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En conclusi\u00f3n, poco a poco la jurisprudencia se va adaptando a la realidad actual, aplicando el cambio de calificaci\u00f3n de los animales de compa\u00f1\u00eda, y regulando las estancias entre sus copropietarios. No obstante, aunque se ha iniciado el camino, a\u00fan quedan pendientes diversas modificaciones legislativas para igualar o asemejarnos a la realidad jur\u00eddica europea.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"> A continuaci\u00f3n, les dejamos art\u00edculos que pueden ser de su inter\u00e9s siguiendo el tema expuesto. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Link: <a href=\"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/proposicio-de-llei-de-reconeixement-del-dret-dacompanyament-de-gossos-escorta-i-terapeutics-a-les-victimes-de-la-violencia-masclista\/\">https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/proposicio-de-llei-de-reconeixement-del-dret-dacompanyament-de-gossos-escorta-i-terapeutics-a-les-victimes-de-la-violencia-masclista\/<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/custodia-compartida-si-responde-al-status-quo-y-existe-buena-relacion-entre-los-padres\/\">https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/custodia-compartida-si-responde-al-status-quo-y-existe-buena-relacion-entre-los-padres\/<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/el-cambio-de-residencia-del-progenitor-implica-cambio-de-guarda-y-custodia\/\">https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/el-cambio-de-residencia-del-progenitor-implica-cambio-de-guarda-y-custodia\/<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/el-consejo-de-estado-rechaza-la-custodia-compartida-si-los-dos-padres-no-la-solicitan\/\">https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/el-consejo-de-estado-rechaza-la-custodia-compartida-si-los-dos-padres-no-la-solicitan\/<\/a> <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/custodia-compartida\/\">https:\/\/bozarucosa.com\/blog\/custodia-compartida\/<\/a> <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-post-date\"><time datetime=\"2020-09-28T10:11:24+00:00\">28 septiembre, 2020<\/time><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SE DECLARA LA CUSTODIA COMPARTIDA DE UN PERRO \u00bfUN PERRO ES UN BIEN MUEBLE? 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