Es importante destacar que la Iglesia posee un código de Derecho Canónico, la cual es una rama de derecho que se dedica al estudio del ordenamiento jurídico y organización de la Iglesia Católica, recogiendo un conjunto de normas jurídicas que organizan la constitución jerárquica de la Iglesia, como los son los derechos y obligaciones de los fieles, las sanciones, los sacramentos y lugares sagrados. La presencia del abogado canonista en Barcelona es fundamental en los procesos judiciales efectuados por los Tribunales Eclesiásticos, debido a que estos profesionales brindan asesoría y orientación en lo relacionado con procesos de nulidad o disoluciones.
¿Cualquier abogado puede llevar estos procesos de nulidades de matrimonios eclesiásticos?
No todos los abogados de divorcios se encuentran capacitados para llevar a cabo este tipo de procesos eclesiásticos, es muy importante que el conyugue solicitante cuente con la asesoría y orientación de un especialista que posea una amplia trayectoria, el conocimiento apropiado y una formación sólida, sobre el código de Derecho Canónico, puesto que para llevar a cabo estos procedimientos es necesario como mínimo que posea un Doctorado en Derecho Canónico y encontrarse completamente autorizado por el Obispo o Arzobispo de la arquidiócesis en la que desee realizarse el acto, el abogado canonista deberá capacitarse de manera correcta ante los Tribunales Eclesiásticos, ya que estos profesionales se deben mantener en constante formación y preparación.
¿Es igual un procedimiento de Divorcio a una Nulidad Eclesiástica?
No, debemos estar conscientes de que un proceso de Divorcio es completamente diferente a un procedimiento de nulidad eclesiástico, una de las diferencias más representativas es que el divorcio se presenta ante las Autoridades o Juzgados Civiles y la nulidad canónica se solicita ante un Juez Eclesiástico.
Otra de las discrepancias entre ambos procesos es que para divorciarse es necesario el mutuo acuerdo o basta con la voluntad de uno de ello sin necesidad de alegar causales para la separación, en cambio para la nulidad eclesiástica es obligatoria la presentación de documentos, testigos y causales para que sea estimada ante la iglesia.
Una unión celebrada ante la iglesia se estima valido, lo que significa que los conyugues quedaron verdaderamente unidos y casados de por vida en un vínculo matrimonial y católico, sin importar los motivos o acciones que llevarán a los contrayentes a tomar esta decisión, en ocasiones pasa que existen matrimonios que son celebrados por la iglesia y posteriormente son declarados nulos y por esta misma razón los contrayentes no quedan casados o unidos por el vínculo canónico, para ello es de vital importancia la asesoría y orientación de un abogado canonista, puesto que para solicitar y llegar a esta decisión, hay que demostrarlo con causales validas, documentos y testigos que den fe cierta de dichos motivos, ya que para la Iglesia y el Juzgado Eclesiástico todo matrimonio celebrado con anterioridad es válido y duradero hasta que se demuestre lo contrario, o como dicen en los votos hasta que la muerte los separe, y es nuestro especialista eclesiástico quien podrá ayudarnos a transitar este proceso que puede ser complicado.
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